martes, 30 de enero de 2007

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CAPÍTULO I

Definición de administración pública

Uno de los aspectos primordiales para poder comprender la Administración Pública, es definir en primer plano su concepto, una vez ya definida podremos empezar a desarrollar este trabajo de una manera clara y sencilla

“...la Administración Pública es aquella parte del poder ejecutivo que se encarga de la prestación de los servicios públicos encomendados al estado...“

Desde el punto de vista orgánico, diremos que la Administración Pública es el órgano del estado, encargado de proveer a la satisfacción de las necesidades colectivas”.

Según el autor Georges Vedel la define “...como el conjunto de actividades del Gobierno y de las autoridades descentralizadas ajenas entre los poderes Públicos ejercidas bajo el régimen del poder público “

Desde el punto de vista social “...la Administración Pública tiene como objeto regular la distribución de la riqueza y de los recursos sociales entre las clases sociales que conforman la nación. La Administración Pública es la instancia reguladora de la distribución social...

“... Por Administración Pública se entiende generalmente, aquella parte del poder ejecutivo a cuyo cargo está la responsabilidad de desarrollar la función administrativa. De esta manera, la Administración Pública puede entenderse desde dos puntos de vista uno orgánico, que se refiere al órgano o conjunto de órganos estatales que desarrollan la función administrativa y desde el punto de vista formal o material según el cual debe entenderse como la actividad que desempeña este órgano o conjunto de órganos. Con frecuencia, suele identificarse a la función administrativa, como la actividad de prestación de servicios públicos tendientes a satisfacer las necesidades de la colectividad” Administración “del Latín Administratio Tionis: Acción de administrar” Administración Pública “actividad del Estado encaminada al cumplimiento de las leyes y fomento de los intereses públicos, para realizar tales fines dispone de órganos centrales, provinciales y locales”.

La Administración Pública es pues, la ejecución y la observancia de la política gubernamental, según ha sido delineada para autoridades competentes, y por lo tanto, a ella conciernen los problemas, poderes, organización y técnicas que lleva implícita la aplicación de las leyes y políticas formuladas por las dependencias gubernamentales encargadas de ello. La Administración Pública es la ley en acción: es la parte ejecutiva del gobierno.

La Administración Pública se define de varias maneras:

Luther Gulick: para este autor la Administración Pública es aquélla que parte de la ciencia de la administración, y que concierne al gobierno, fundamentalmente al poder ejecutivo, que es el encargado de llevar a cabo las tareas gubernamentales. Reconoce que existen problemas administrativos en los poderes legislativo y judicial, sólo que, por definición, el poder ejecutivo o administrativo es el encargado de realizar la política gubernamental, considerando al poder público en conjunto.

John M. Pfiffner dice que: la Administración Pública consiste en llevar a cabo el trabajo del gobierno, coordinado con los esfuerzos, de modo que puedan colaborar unidos en el logro de sus propósitos. Como se puede observar en esta definición encontramos al elemento coordinación, como el factor o pilar más valioso de la administración.

Woodrow Wilson dice que: la Administración Pública es la aplicación detallada y sistemática de la ley. Toda aplicación concreta de una ley general es un acto de administración, ya sea la aplicación y cobro de un impuesto, la orden de un criminal, la ejecución de una obra pública o el reclutamiento militar.

H. Fayol, considera que administrar es prever, organizar, mandar, coordinar y controlar.

Marx, la concibe como toda acción encaminada a convertir un propósito en realidad positiva, en un ordenamiento sistemático de medios y el uso calculado de recursos aplicados a la realización de un propósito.

Koontz y O´Donell, es la dirección de un organismo social y su efectividad en alcanzar sus objetivos, fundada en la habilidad de conducir a sus integrantes.

Terry, La considera como el proceso distintivo que consiste en la planeación, organización, ejecución y control, ejecutado para determinar y lograr los objetivos, mediante el usos de la gente y los recursos.

Clushkov, es un dispositivo que organiza y realiza la transformación ordenada de la información, recibe la información del objeto de dirección, la procesa y la transmite bajo la forma necesaria para la gestión, realizando este proceso continuamente

Guzmán Valdivia, es la dirección eficaz de las actividades y la colaboración de otras personas para obtener determinados resultados.

F.M. Fernández Escalante, es un conjunto de principios y técnicas, con autonomía propia, que permiten dirigir y coordinar las actividades de los grupos humanos hacia objetivos comunes.

Reyes Ponce, es un conjunto sistemático de reglas, para lograr la máxima eficiencia en las formas de estructurar y manejar un organismo social.

J. Rodríguez Valencia, es el proceso integral para planear, organizar e integrar una actividad o relación de trabajo, la que se fundamenta en la utilización de recursos para alcanzar un fin determinado.

Cada una de las definiciones anteriores, nos lleva a pensar en la verdadera naturaleza de la administración y de sus propiedades, estas son válidas para toda clase de administración y para toda especie de organismo.

La teoría administrativa es la misma en todas partes, sin embargo, esto no quiere decir que ignoremos que dentro de cada tipo de administración, existen situaciones específicas que la caracterizan, y por tanto, las técnicas empleadas en el proceso administrativo tienen que sujetarse a las situaciones privativas de cada una de ellas sea cual fuere el tipo que se aplique, el éxito de la Administración Pública depende de tres factores que son:

1) Su ámbito

2) Su estructura

3) Su aplicación.

La Administración Pública se puede desarrollar en los ámbitos:

A) Federal

B) Estatal

C) Municipal

La Administración Pública puede tener una estructura:

A) Ejecutiva

B) Legislativa

C) Judicial

La Administración Pública se puede aplicar al:

A) Personal

B) Presupuestal

C) Financiera

D) Materiales

Comparación entre Administración Pública y Privada

Mucho se ha discutido sobre la Administración Pública, es una disciplina independiente de la Administración Privada y por el contrario, ambas son parte de una disciplina general llamada “administración”. Existen suficientes motivos para pensar que esto último es lo correcto y que no justifica en forma alguna la existencia de dos disciplinas separadas. Sin embargo, podemos desconocer que dentro de cada esfera en particular, existen situaciones específicas que las caracterizan, así como que tienen grandes analogías.

La Administración Pública, significa primordialmente las labores que se encargan, por mandato legal de tramitar los negocios públicos que se les han asignado. Sin embargo, los negocios públicos pueden abarcar ámbitos políticos.

La administración concentra su estudio en aquellos aspectos de organización, procedimiento y método que son comunes a la mayoría de las oficinas administrativas. La aplicación del cuerpo de conocimientos de esta disciplina a cualquier función especial.

Puede la administración pública o privada tener idénticos problemas en áreas diferentes, como salud, educación o comunicaciones, o puede ir de una función gubernamental pura como el arresto y detención de un delincuente, a una cuasi– gubernamental o cuasi– comercial, como la atención de una plante eléctrica.

Tipos de Administración Por su Ámbito Por su Estructura Por su Aplicación
Pública Internacional

Federal

Central

Estatal

Municipal

Etc.

Ejecutiva

Legislativa

Judicial

Militar

Etc.

Personal

Presupuesto

Financiera

Materiales

Etc.

Privada De consorcios

De carteles

De sociedad

De monopolios

Etc.

Bancaria

Industrial

Comercial

Agrícola

Escolar

Eclesiástica

Etc.

Personal

Presupuesto

Financiera

Materiales

Etc.


a) Diferencias

Pfiffner dice que una característica que distingue al administrador público del privado es aquel que no está constantemente bajo la zozobra de los estados de pérdidas y ganancias, como lo está su hermano en el terreno de los negocios. El poder público proporciona servicios que son, en gran medida intangibles, por los cuales el consumidor individual no paga honorarios. Por este motivo y con el objeto de encontrar un instrumento de evaluación, ser han hecho esfuerzos serios para establecer normas de eficiencia administrativa, pero hasta la fecha tanto el público como el administrador se encuentran sin medios precisos para conocer la intensidad y calidad de las actividades encomendadas al Estado. La doctrina de las limitaciones constitucionales en los países democráticos establece un arma de supervisión sobre el administrador público; el poder legislativo y el judicial se encargan de supervisar la rama ejecutiva, pero a nadie escapa que dicha forma es tan elástica que sigue en pie el problema de la valuación de la actividad administrativa en el campo gubernamental.

Otra diferencia que se desprende es la tendencia legislativa de los funcionarios públicos. Un administrador público tiene que estar seguro de que sus acciones se ajusten a las prescripciones legales. En consecuencia, debe consultar constantemente los códigos y reglamentos que indican la forma de proceder. El administrador privado, también consulta códigos y reglamentos para proceder pero con distinto fin: para encontrar la forma de hacer lo que se propone sin ser sancionado. Las leyes sirven al administrador público para saber qué es lo que debe hacer y al privado que es lo qué no debe hacer. En este caso el administrador público tiene una desventaja sobre el privado.

Marshal E. Dimock dice que la administración pública se caracteriza porque es menos idónea que la privada, porque la limitan sus responsabilidades, que están enmarcadas en reglamentos que no pueden cambiar a voluntad. Además, esta sujeta a cambios imprevistos o premeditados de política, lo cual se traduce en cambios de la administración. El remedio para estas desventajas: creación de servidores públicos profesionales permanentes, que ocupen los puestos de más alta jerarquía, y proveer de cierta autonomía a la administración para alejarla de estas influencias.

Los problemas se acentúan en la administración pública debido a las condiciones de política gubernamental, las restricciones legales, etc., que están por encima de una autonomía administrativa y la libertad de acción.

Una distinción muy común entre ambos tipos de administración es aquella que se refiere a los fines. Desde el punto de vista objetivo, es indiscutible que existe una distinción tajante: el objeto del gobierno es servir al ciudadano, procurar el bienestar colectivo; salvaguardar las instituciones; procurar la continuidad de los servicios. En cambio, el propósito de la empresa privada, es la obtención del lucro. Sin embargo, no puede negarse que existen empresas privadas que trabajan no sólo con fines no lucrativos, sino que aún desarrollan actividades que, en principio, corresponden al Estado.

Wallace D. Donham dice que, a pesar de su gran similitud existen diferencias entre la administración pública y la administración privada, principalmente por lo que respecta al material humano. En el gobierno existe más continuidad y definición en el mandato que en la empresa privada, pues los límites de la acción están con frecuencia claramente definidos en leyes y reglamentos muchas veces sancionados aun por el congreso. Donham afirma que tal situación no existe en las empresas privadas. La responsabilidad ante el congreso y la interferencia de éste; la responsabilidad ante el ejecutivo; los controles generales definidos, etc., son características que le dan poco parecido con los negocios privados. Los poderes políticos de las dependencias gubernamentales son radicalmente diferentes de las compañías privadas.

Josiah C. Stamp describe cuatro diferencias que es conveniente mencionar:

Afirma que el juicio de los empleados gubernamentales que están en contacto con el público es muy limitado, pues la administración pública no puede hacer discriminaciones de ninguna especie entre personas. Esta uniformidad en el tratamiento a todo lo largo de la administración la llama el "principio de la estabilidad o consistencia". Tal obligación no existe en la administración privada, excepto en aquellas empresas en que sus negocios dependen de¡ mantenimiento de un estándar absolutamente exacto; no existe compulsión alguna para servir a determinada gente, por lo que no tiene que preocuparse de este principio de estabilidad o consistencia.

Una segunda característica es lo que llama el "principio del control financiero". Desde el punto de vista constitucional, el control financiero es una autoridad ejercida sobre la actividad del estado a través de la tesorería o la oficina del presupuesto y este control ejerce influencia represiva de todas las dependencias de gobierno. No es posible a una dependencia del gobierno experimentar en nada que requiera un gasto, pues sus egresos están perfectamente definidos en cantidad y en propósitos. Dicha influencia represiva no existe en las empresas privadas.

La tercera característica es el "principio del reembolso marginal" 'Todos sabemos que los gastos en las empresas privadas se hacen de acuerdo con la tendencia general de lucro. Este principio es sólo de las empresas privadas.

El cuarto principio es el de la "responsabilidad ministerial" Es bien sabido que hasta el último acto del más humilde servidor público, se realiza a la luz de la suprema autoridad, que es el congreso, a lo largo de una serie infinita de pasos en una amplia escala jerárquica, de la responsabilidad ministerial, es necesario para los jefes administrativos, justificar los actos de su departamento y este hecho tiene una influencia extraordinaria en su personal y en todo el carácter de la administración.

b) Similitudes

Pfiffner afirma que los problemas de administración y organización corren por los mismos canales, independientemente de que se trata de un organismo gubernamental o de una empresa privada y Nathan Isaacs encuentra mucho parecido entre “poder”, que es el fin de los políticos y "ganancia" que es el fin de los hombres de negocios.

Para llevar las tareas del Estado, la Administración pública tiene exactamente los mismos problemas básicos que la administración privada: puede hacer caso omiso del lucro, emplear la fuerza, etc., y aún así, el mismo gobierno tiene dificultades para competir con las empresas privadas en los mercados de abastecimiento y en la selección del personal.

Para aplicar al gobierno el calificativo de burócrata, debemos de estar seguros de que las diferencias burocráticas entre gobierno y empresas privadas, son mayores que las que existen entre vanas clases de empresas o varias clases de gobiernos.

Al respecto Henry S. Dennison decía "los hombres que hayan tenido la oportunidad de estudiar las actividades públicas y privadas y que hayan sabido hacer correctamente los análisis y las comparaciones científicas, descubren por lo común, que la diferencia entre una gran organización y una pequeña es mucho mayor que la diferencia entre una organización pública y una privada.

Las diferencias que se encuentran entre la administración pública y la privada, pierden su significación con la transferencia de gran número de administradores privados a los puestos públicos. Posiblemente, el problema más difícil en esa transferencia de habilidades no ha estado en la administración considerada específicamente. La dificultad verdadera es que los administradores privados deben hacer un ajuste de su pensamiento y experiencia, para entender las actividades más complejas de la administración pública.

La administración pública ha aprovechado los servicios de los administradores privados. El administrador tiene un lugar clave en el esquema de la organización sea pública o privada. Es el administrador quien toma los resultados de la investigación científica, los arregla en un nuevo patrón y luego obtiene productos más baratos y abundantes con los que se pueden satisfacer más necesidades. En el gobierno, como en la industria, los hombres que planifican y organizan sus engranajes esenciales en el mecanismo complicado de la civilización moderna.

Cuando se adentra uno a las raíces de la motivación individual se hace difícil probar una diferencia sustancial entre burócratas gubernamentales y privados. No hay una psicología distintiva que esté estrictamente correlacionada con un grupo u otro, a pesar de las divergentes ideas sociales, políticas y económicas que puedan expresar su elección profesional entre gobierno y empresa privada. El administrador gubernamental confiesa el mismo incentivo que mueve al administrador privado: "el deseo de acumular riqueza y proveer seguridad para la familia y para el mismo", mientras el jefe de la empresa privada sostiene igualmente, como el burócrata gubernamental, que "su país en sí es el incentivo”.

TÉRMINOS DE REFERENCIA

Fondo Sectorial de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo Económico

Convocatoria 2006

Introducción


Este documento complementa la información descrita en la Convocatoria del 18 de agosto de 2006, emitida por la Secretaría de Economía y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a través del Fondo Sectorial denominado “Fondo Sectorial de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo Económico” (el Fondo). El contenido de este documento aborda los siguientes puntos:

      1. Estructura y características de las propuestas.
      2. Rubros financiables.
      3. Evaluación y selección.
      4. Asignación de recursos y seguimiento de proyectos.
      5. Confidencialidad, propiedad, reconocimientos y difusión de los resultados de los proyectos.
      6. Consideraciones adicionales.
      7. Glosario de términos.

1. Estructura y características de las propuestas.


La propuesta deberá presentarse en el formato electrónico autorizado, mismo que considera:

1.1. Datos Generales:

    Se indicarán los datos de la empresa proponente, incluyendo el número de registro RENIECYT; los datos del Responsable Técnico y del grupo de trabajo que colaborará en la ejecución del proyecto, tipo de modalidad y Demanda Específica -o rama industrial y de servicio- que se atiende. Asimismo, se requiere informar si la propuesta, o una variante de ella, ha sido presentada en otra Convocatoria de Fondos Sectoriales o Mixtos, vigente o no. La información será indispensable para valorar la concurrencia de recursos, propiciar sinergias, y evitar que se duplique el financiamiento a un mismo proyecto. No hay impedimento para que un proyecto reciba financiamiento complementario, pero se sancionará el proporcionar información incompleta o falsa.

      1) Justificación.

      Deberá describir y dimensionar la necesidad, problema u oportunidad en la cual se centra la propuesta.

      2) Propuesta de creación de valor.

      Describir el beneficio social, económico y/o tecnológico generado como resultado de la ejecución del proyecto.

      3) Contenido innovador.

      Deberá referirse el estado del arte científico y/o tecnológico en el que se enmarca la propuesta, así como el contenido de generación o aportación de nuevo conocimiento y su aplicación.

      4) Antecedentes.

      Se presentarán los conocimientos científicos, técnicos y socioeconómicos que dan origen a la iniciativa o propuesta que se propone desarrollar o atender.

      5) Objetivos y metas.

      Se indicarán los objetivos técnicos de la propuesta y las metas particulares para cada etapa del proyecto, indicando los resultados que se esperan obtener, así como los tiempos de ejecución de cada etapa y las formas de entrega. Deberán establecerse indicadores cuantitativos y cualitativos que permitan dar seguimiento al desarrollo del proyecto, así como los medios de verificación y los supuestos considerados.

      6) Metodología.

      Descripción de la base metodológica para el desarrollo del proyecto y el logro de los resultados esperados.

      7) Productos entregables.

      La especificación de los resultados comprometidos en el proyecto, en cada una de sus etapas: estudios técnicos específicos, obtención de subproductos, análisis iniciales de mejoras en rendimientos, pruebas o lotes iniciales.

      8) Estudio de Mercado.

      Descripción de las condiciones y parámetros que evidencien la viabilidad comercial del uso de la tecnología aplicada al desarrollo de nuevos procesos, productos y servicios.

      9) Grupo de trabajo e infraestructura disponible.

      Descripción cualitativa y cuantitativa de las capacidades científicas y técnicas del responsable y de los demás participantes en el proyecto, así como de la infraestructura disponible y la capacidad administrativa de la organización a la que estén adscritos.

      10) Programa de actividades y presupuesto.

      Descripción de las actividades y recursos requeridos en cada una de las etapas del proyecto. La propuesta deberá contemplar etapas de ejecución bien definidas que consideren el cumplimiento de metas, así como los recursos requeridos para alcanzarlas. En cada una de ellas deberán señalarse claramente los indicadores que permitan verificar su cumplimiento y la generación de los productos entregables en esa etapa.

      11) Mecanismos de transferencia.

      En los casos en los que proceda, deberán describirse los mecanismos, acciones o recomendaciones concretas que permitan la transferencia, asimilación y en su caso, adopción de los resultados.

      12) Plan de negocios.

      Las propuestas presentadas deberán incorporar un plan de negocios en el formato y con los contenidos que para el efecto se han establecido y que está disponible en las páginas electrónicas señaladas en las Bases de la Convocatoria.

    1.2 Se podrán presentar una o más propuestas por proponente. En los casos de proponentes que cuenten ya con un proyecto aprobado en el ciclo de Convocatoria inmediato anterior o bien que mantengan en ejecución proyecto(s) en ciclos previos de Convocatoria. El Comité Técnico y de Administración del Fondo valorará la congruencia de la iniciativa presentada en esta Convocatoria con la línea de proyectos y actividad del proponente, el impacto tecnológico, económico y de mercado del proyecto aprobado en el ciclo anterior, así como, con la solvencia y la ejecución puntual demostradas en el (los) proyecto(s) previamente aprobado(s), reservándose el derecho de apoyar, en su caso, la propuesta presentada en esta Convocatoria.

    1.3 Las propuestas deberán indicar un responsable técnico, un responsable administrativo y un representante legal. El primero será responsable de la ejecución del proyecto, del desarrollo de las etapas, del cumplimiento de sus objetivos y metas, de la generación de los productos entregables y de la elaboración de los informes de avance y logros alcanzados; el segundo, tendrá la responsabilidad del control administrativo y contable, de la correcta aplicación y comprobación de los recursos canalizados por el Fondo, así como de la elaboración de los informes financieros y administrativos requeridos; por último, el representante legal será la persona física con el poder legal para contraer compromisos a nombre del sujeto de apoyo y firmar los convenios necesarios.

    1.4 Las empresas que en el marco de la Convocatoria presenten propuestas para atender una necesidad, oportunidad o demanda, deberán aportar recursos económicos al menos en una proporción igual a lo solicitado al Fondo.

    1. Las propuestas deberán incluir un estudio de mercado con información reciente que demuestre su viabilidad comercial. El posible apoyo considerará las evidencias y conclusiones de dicho estudio.

    1. Es requisito indispensable que la propuesta incluya una carta institucional firmada por representante legal con facultades para ello, dirigida al Comité Técnico y de Administración del Fondo, en la que la empresa avale el proyecto y establezca el compromiso de brindar el apoyo institucional requerido para el desarrollo del mismo. En la carta institucional se deberá asentar también el porcentaje de inversión destinada a investigación y desarrollo de la organización proponente en relación a sus ventas; los empleos a generar asociados a la iniciativa que se presenta; la congruencia de la propuesta dentro de las actividades y proyectos que ya realiza la organización; y el nivel de cambio en el valor agregado que representen para el proponente los resultados de la propuesta presentada. Deberá adjuntarse al cuerpo de la propuesta en formato digital JPG o PDF.
  1. Rubros financiables.

Se apoyarán los gastos e inversiones indispensables para la ejecución exitosa del proyecto, los cuales deberán estar ampliamente justificados. Los principales rubros que pueden ser financiados con recursos del Fondo son, entre otros:

    Gasto Corriente:

  • Viajes y viáticos del grupo de trabajo para fines estrictamente relacionados con el proyecto.
  • Gastos inherentes al trabajo de campo.
  • Pago por servicios externos especializados, tales como universidades, instituciones de educación superior, institutos y centros de investigación y desarrollo, empresas de ingeniería y/o consultoría especializada, laboratorios nacionales o extranjeros para la realización de actividades puntuales y altamente especializadas, siempre y cuando estos sean indispensables para el éxito del proyecto. Podrán incluirse gastos incurridos por la contratación de consultorías extranjeras en área de especialidad no disponibles en México, sin que en este caso se exceda el 20% del costo total del proyecto.
  • Gastos relacionados a estancias académicas de investigadores, estudiantes, expertos y tecnólogos, siempre y cuando sean indispensables para la realización del proyecto y estén debidamente justificados.
  • Gastos de operación relacionados con el proyecto como son: materiales de consumo de uso directo del proyecto, seres vivos, energéticos, combustibles; operación y mantenimiento de laboratorios y plantas piloto; diseños y prototipos de prueba; herramientas y dispositivos para pruebas experimentales; acervos bibliográficos, documentales, servicios de información científica y tecnológica, y software especializado indispensables para ejecutar el proyecto.
  • Gastos de capacitación a participantes en el proyecto en los plazos y sobre los temas que resulten indispensables para el éxito del proyecto.
  • Apoyos a estudiantes que realicen su trabajo de tesis de licenciatura u obtengan el grado de especialidad, maestría o doctorado a través de su participación en el proyecto, así como a investigadores asociados a proyectos. Los montos de los apoyos deberán ser acordes con los criterios y niveles aplicados por el CONACYT.
  • Gastos relacionados con el registro de patentes, pagos de derechos de autor y de otros títulos de propiedad intelectual, indispensables para proteger los resultados del proyecto.
  • Actividades, publicaciones y materiales requeridos para transferir, asimilar, divulgar y difundir los resultados del proyecto.
  • Lotes de prueba para nuevos productos, procesos, materiales y servicios.

    No serán elegibles para apoyo con recursos del Fondo por concepto de gasto corriente de los proyectos, los siguientes rubros:


  • Los sueldos, salarios, honorarios o compensaciones económicas del grupo de trabajo.
  • Todas aquellas actividades, materiales y gastos en general relacionados con tareas operativas, ya sean administrativas, productivas, de ventas, distribución, etc.

    Gasto de Inversión:

  • Adquisición de maquinaria, equipo de laboratorio, plantas piloto experimentales, herramientas, equipo de cómputo e instalaciones indispensables para asegurar el éxito del proyecto. Deberá justificarse ampliamente la necesidad de cada uno de los requerimientos.
  • Adaptaciones para la instalación de áreas de investigación y desarrollo tecnológico que sean estrictamente indispensables para el éxito del proyecto.
  • Los activos adquiridos con recursos del Fondo serán propiedad de las empresas a las cuales se les haya autorizado dicha adquisición, teniendo éstas la obligación de indicar en la factura correspondiente que fueron adquiridos con recursos del Fondo.

3. Evaluación y selección.


3.1 Recepción y evaluación de propuestas

    La Secretaría Técnica del Fondo coordinará la recepción de propuestas y las turnará al Consejo de Evaluación, conformado por personas de reconocido prestigio en el ámbito científico y/o tecnológico. La totalidad de las propuestas recibidas se sujetarán a un proceso de análisis y valoración, que realizará el Consejo de Evaluación, de la pertinencia y congruencia con las demandas específicas establecidas por el Fondo. Serán especialmente tomadas en cuenta, aquellas propuestas que generen mayor efecto multiplicador. Es decir, iniciativas cuya inversión en recursos, su avance y resultados induzcan la creación o desarrollo de líneas de negocio a partir de los productos, servicios o bienes desarrollados, de mercados, de inversiones adicionales, de empleos, o de áreas de investigación y desarrollo tecnológico de la organización proponente y en el conjunto de su actividad económica. De ser procedente, se continuará con el proceso de evaluación técnica; en caso contrario, se dará por concluida la evaluación y se emitirá la resolución correspondiente.

    Los criterios que se aplicarán para el análisis arriba indicado son, entre otros:

  1. Congruencia con los temas señalados en las Áreas de Demanda Específica de la Convocatoria
  2. Impacto potencial del proyecto considerando el desarrollo tecnológico y el potencial de negocio para llevar el proyecto hasta su fase comercial, empleos generados y formación de cuadros expertos
  3. Nivel de apropiabilidad de la tecnología desarrollada, expresada en documentos que avalen la propiedad intelectual o la estrategia de manejo del conocimiento asociado al proyecto
  4. Solidez financiera y sentido de compromiso del proponente manifestada en el nivel de aportaciones concurrentes en el proyecto
  5. Congruencia entre el tiempo de desarrollo del proyecto según sus rubros y actividades, con los montos de recursos considerados para la ejecución

    Es necesario elaborar y adjuntar a la propuesta una presentación en formato power point que integre estos aspectos y otros que sinteticen la idea central del proyecto, ventajas competitivas y riesgos asociados a la iniciativa. El archivo de la presentación no deberá exceder de 1MB.

    Para las propuestas que se consideren pertinentes luego del proceso de valoración, el Consejo de Evaluación designará un panel de evaluadores pertenecientes al Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA) para evaluar cada una de las propuestas. Toda propuesta será evaluada por más de un evaluador miembro del RCEA. Cada uno de los evaluadores acreditados emitirá una recomendación individual, dará sustento a sus apreciaciones y hará las observaciones pertinentes.

    Tanto el Consejo de Evaluación como los evaluadores acreditados, contarán únicamente con la información contenida en la propuesta para recomendar la conveniencia de otorgar el apoyo del Fondo, por lo que la claridad y calidad de este documento es un factor fundamental para su correcta evaluación. En casos excepcionales se podrán incluir, como parte del proceso de evaluación, visitas a las instalaciones del solicitante. Con base en las evaluaciones, el Consejo de Evaluación hará una recomendación al Comité Técnico y de Administración del Fondo.

    La relación de propuestas y sus dictámenes será enviada al Comité Técnico y de Administración del Fondo, quien seleccionará las propuestas y aprobará las asignaciones de recursos correspondientes a las mismas. El Comité Técnico y de Administración del Fondo tiene la facultad de autorizar ajustes a los montos originalmente solicitados por las empresas, siendo su decisión definitiva e inapelable.

    El Fondo comunicará a los interesados el resultado final. La relación de propuestas aprobadas será publicada en las páginas electrónicas de la Secretaría de Economía y del CONACYT.

3.2 Criterios de evaluación de propuestas:

    Los criterios que se aplicarán para la evaluación y selección de las propuestas son, entre otros:

      1) Calidad y contenido Innovador.

    1. En la generación del conocimiento.
    2. En la aplicación del conocimiento para la solución del problema.
    3. En el uso de materiales, procesos, servicios y tecnologías existentes.

      2) Viabilidad y capacidad técnica.

    1. Congruencia de los objetivos, metas y resultados esperados.
    2. Metodología propuesta.
    3. Correspondencia de las actividades y presupuesto con las metas y resultados esperados.
    4. Capacidad de ejecución:
    • Capacidad técnica del grupo de trabajo.
    • Calidad y cantidad de personal científico y tecnológico involucrado en la propuesta, en relación a los objetivos y metas establecidas.
    • Capacidad administrativa y de dirección
    • Los mecanismos considerados para asegurar la integración, eficiencia y dirección del grupo de trabajo.
    • Los recursos y servicios administrativos comprometidos por las instancias proponentes para asegurar el éxito del proyecto.
    • Infraestructura disponible.
    • Instrumental, herramientas, laboratorios, plantas piloto, equipo de cómputo y demás equipo utilizado para asegurar el éxito del proyecto.

    3) Impacto y beneficio.

    1. En los indicadores socioeconómicos del Sector.
    2. En la generación del avance científico y tecnológico.
    3. En la formación de recursos humanos requeridos por el Sector.
    4. En la consolidación de la infraestructura científica y tecnológica para el Sector.

      4) Factibilidad de la transferencia, asimilación y adopción de los resultados del proyecto.

      Se dará preferencia a las propuestas cuyos resultados puedan ser transferidos y/o asimilados por las empresas y/o aplicados en la atención o solución de la demanda o problema que dio origen al proyecto.

      5) Compromisos del proponente y del beneficiario o usuario.

    1. Recursos concurrentes aportados.
    2. Proyecto inédito, cuya realización esté considerada para dar inicio en el futuro inmediato en la organización.
    3. Personal e infraestructura dedicada al proyecto.
    4. Disponibilidad para compartir resultados no sensibles al negocio.

6) Innovación y compromiso de la empresa.

      a) Estrategia de innovación.

      b) Apropiabilidad de la solución a desarrollar.

      c) Oportunidades de patentamiento y su explotación.

      d) Presupuesto solicitado y aportaciones concurrentes.

      7) Vinculación con Instituciones de Educación Superior y Centros de investigación y desarrollo públicos o privados.

      Se dará preferencia a las propuestas de empresas que estén vinculadas con instituciones de educación superior y/o centros de investigación y desarrollo y que manifiesten haber participado o evidencien estar en vías de participación en el Premio Nacional de Tecnología a fin de instaurar la gestión tecnológica en la empresa.

      8) Estudio de Mercado

      a) Identificación clara de sectores de aplicación del proyecto (mercado objetivo).

      b) Reconocimiento pleno de formas de comercialización de los resultados del proyecto.

    9) Solidez y rentabilidad del plan de negocio.

      a) Claridad en el desarrollo de contenidos del plan.

      b) Evidencia de la rentabilidad de la iniciativa una vez implantada en su aplicación comercial.

      c) Factores de riesgo que puedan afectar la viabilidad de la propuesta.

    10) Tiempo y costo de ejecución.

      Se dará preferencia a las propuestas que, en igualdad de condiciones, tengan ventajas en tiempo y/o costo de ejecución.

    Las propuestas presentadas por empresas grandes, necesariamente deberán propiciar o generar la coparticipación tecnológica de al menos una micro, pequeña o mediana empresa (MIPyME), que aporte al sentido de desarrollo del proyecto. Esta condición deberá quedar claramente señalada en la propuesta.

4. Asignación de recursos y seguimiento de proyectos.


4.1 Formalización de los apoyos a los proyectos seleccionados.

    Los proyectos que resulten seleccionados para ser apoyados por el Fondo, serán formalizados mediante Convenios Específicos de Asignación de Recursos.

    En los convenios se deberán incorporar las observaciones y ajustes emitidos y aprobados por el Comité Técnico tanto en las etapas como en los presupuestos y productos esperados.

    La suscripción de dichos Convenios será presencial con la asistencia de los Secretarios Técnico y Administrativo del Fondo y al menos un miembro titular del Comité Técnico y de Administración del Fondo. En estas sesiones de formalización, se establecerá un intercambio directo relativo a procedimientos administrativos adecuados. El contenido obligacional del Convenio se deberá manifestar igualmente a través de la firma electrónica del mismo.

    1. Monto aprobado y ministración de recursos.
    1. El monto total aprobado para la ejecución del proyecto será el determinado por el Comité Técnico y de Administración con base al presupuesto solicitado, a las recomendaciones del Consejo de Evaluación y a la disponibilidad de recursos del Fondo.
    2. Ministración de recursos. Cada propuesta deberá considerar las etapas y actividades necesarias para su ejecución, sin embargo, la ministración de recursos se hará con periodicidad semestral. Los sujetos de apoyo podrán optar por agrupar el número de etapas que consideren pertinente asociadas a dicha periodicidad. La entrega de recursos se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en los lineamientos vigentes para la Administración de Proyectos del Fondo, que serán entregados a la firma del Convenio correspondiente. El sujeto de apoyo deberá abrir una cuenta de cheques en alguna institución bancaria para el uso exclusivo del proyecto, mancomunada entre el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo. Las aportaciones concurrentes líquidas se deberán depositar en la misma cuenta bancaria, para aplicarse en los rubros autorizados.
    3. Las empresas cuyos proyectos resulten seleccionados, deberán obtener y mantener vigente a lo largo de la duración del proyecto una fianza, que garantice el cumplimiento de los términos del Convenio de Asignación de Recursos que se formalice entre la empresa y el Fondo; la fianza deberá obtenerse por la suma de los montos de las dos ministraciones más altas solicitadas al Fondo en dicho Convenio.

      d) La primera aportación al proyecto se realizará después de la firma del Convenio de Asignación de Recursos específico respectivo y corresponderá al monto solicitado para desarrollar la primera etapa del proyecto. En ningún caso la primera aportación del Fondo excederá el 50% del monto total autorizado por el Fondo al proyecto.

      El plazo previsto para el desarrollo del proyecto se considerará a partir de la fecha en que se realice la primera ministración.

      e) Al finalizar cada periodo semestral de la ejecución del proyecto, deberán presentarse informes de avance técnico y financiero.

      El Fondo podrá sin responsabilidad suspender las aportaciones subsecuentes hasta recibir los informes técnicos y financieros correspondientes

      f) Las aportaciones se darán en la modalidad “pari-pasu”, iniciando con la aportación de la empresa en todos los casos.

      g) Las aportaciones en especie estarán limitadas a instrumentos, máquinas de prueba y equipo de laboratorio, proyectos y resultados de investigación previos que sean incorporados al proyecto, y no podrán incluir consumibles o instrumentos de vida corta. Las aportaciones en especie se considerarán invariablemente una vez que los recursos líquidos aportados por el sujeto de apoyo se hayan ejercido totalmente.

    1. Seguimiento de proyectos.

      a) Será responsabilidad del Secretario Técnico el seguimiento técnico a los proyectos aprobados, así como los resultados y beneficios finales obtenidos, los cuales servirán de base para considerar el otorgamiento de apoyos posteriores.

      b) El seguimiento administrativo estará a cargo del Secretario Administrativo del Comité Técnico y de Administración del Fondo y se regirá por los procedimientos y normas aprobadas por el Comité Técnico y de Administración.

    1. Informe final de resultados.

      Al término del proyecto y como parte del compromiso de rendición de cuentas establecido por los gobiernos federales y estatales, el responsable técnico deberá emitir un informe final de los resultados, beneficios e impactos obtenidos y potenciales para la empresa y/o el sector. Con base en estos informes, el Fondo podrá generar los indicadores correspondientes y publicar un reporte de los avances y logros alcanzados por el Fondo.

    1. Auditorias al proyecto.

    El Fondo se reserva el derecho de aplicar auditorías técnicas y administrativas en las distintas etapas de la ejecución del proyecto y a la terminación del mismo, sin requerir para ello de la autorización explícita del beneficiario.

    1. Evaluación ex-post del proyecto.

    Una vez concluido el proyecto y de acuerdo con su naturaleza, el Fondo llevará a cabo una evaluación de su impacto y beneficios económicos y sociales para la empresa y/o el sector, con la metodología y el tiempo que se definan en su caso.

    1. Suspensión o cancelación.

    Si derivado de las evaluaciones técnicas, administrativas y financieras al proyecto se detectan irregularidades imputables al sujeto de apoyo, el Fondo podrá cancelar el proyecto.

    1. Terminación Anticipada.

    En caso de existir condiciones para la terminación anticipada del proyecto, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Convenio Específico de Asignación de Recursos y en el Manual para la Administración de Proyectos. En estos documentos se especificarán las causales para la terminación anticipada, considerando dos situaciones:

      a) Por causas de fuerza mayor o fortuita, sin responsabilidad para el ejecutor.

      b) Por causas imputables al ejecutor del proyecto o por mal uso que éste dé a los recursos otorgados. En este caso se dará por terminado el proyecto de manera anticipada sin que medie requerimiento judicial alguno, y el ejecutor del proyecto estará obligado a la devolución de todos los recursos otorgados y de los bienes adquiridos.

  1. Confidencialidad, propiedad, créditos y difusión de resultados.

    1. La información que se reciba con motivo de la presente Convocatoria, esta sujeta a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que aquella documentación que deba ser clasificada como confidencial o reservada, deberá ser expresamente identificada en la solicitud.

    1. El Comité Técnico y de Administración del Fondo asegurará la confidencialidad de la información contenida en todas las propuestas presentadas, tanto en la fase de evaluación como de seguimiento. El manejo de la información será única y exclusivamente para cubrir con los propósitos del Fondo.

    5.2 De conformidad con lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de Ciencia y Tecnología, los beneficiarios del Fondo deberán proporcionar la información requerida por el Sistema Integrado de Información Científica y Tecnológica y dar crédito al Fondo en proyectos, presentaciones, publicaciones, materiales para conferencias, exhibiciones, videocintas y otros productos resultantes del apoyo. Para este fin, los beneficiarios deberán asegurarse de incluir la leyenda “Este proyecto fue apoyado con recursos del Fondo Sectorial de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo Económico”.

    1. Los resultados de los proyectos deberán estar siempre a la disposición del Fondo, que respetará la confidencialidad y los derechos de autor.

    1. En materia de propiedad intelectual, el Fondo no adquiere ningún derecho sobre los resultados de los proyectos apoyados. Sin embargo, las empresas beneficiadas deberán estar dispuestas a proporcionar información y/o difundir los resultados del proyecto apoyado, bajo los criterios de confidencialidad y propiedad intelectual que ellas definan.

    1. Los resultados de los proyectos apoyados se publicarán en las páginas electrónicas de la Secretaría de Economía y del CONACYT, sin demérito de los derechos de propiedad intelectual y la confidencialidad requerida.
  1. Consideraciones adicionales.

    1. Generales

    Es válido presentar una misma propuesta, o una variante de la misma, en otra Convocatoria de Fondos Sectoriales o Mixtos, lo cual debe ser informado expresamente a los Fondos a que se presente, quedando establecido que en caso de ser aprobada, sólo podrá ser apoyada por aquel Fondo que primero publique sus resultados.

    1. Aportaciones previas

    Se refiere a las inversiones y gastos efectuados por el Sujeto de Apoyo para realizar diagnósticos y estudios preliminares necesarios para estructurar la propuesta, así como aquellos efectuados para cubrir etapas del proyecto desarrolladas antes de la presentación de la propuesta. Este concepto tendrá una retroactividad máxima de 12 meses previos a la fecha límite de aceptación de propuestas para la Convocatoria a la que se presentó la propuesta.

    1. Aportaciones en especie

    Previa valoración, podrán ser reconocidas por el Fondo, aportaciones en especie por parte de los proponentes. Estas aportaciones deberán apegarse a lo establecido en los lineamientos vigentes para la Administración de Proyectos del Fondo. Dentro de los recursos en especie, se considerarán aquellas erogaciones hechas en activos adquiridos y debidamente contabilizados en el mismo proyecto.

    1. Tanto el responsable técnico como el responsable administrativo de los proyectos apoyados deberán asegurar el cumplimiento de la normatividad vigente de la institución sujeta de apoyo.

    1. No se evaluarán propuestas, cuyos responsables técnicos tengan adeudos de proyectos financiados con anterioridad por algún fondo del CONACYT o conflictos planteados en contra de éstos o del mismo CONACYT ante instancias administrativas o judiciales.

    1. Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria serán resueltas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

    1. Para atender las dudas sobre la presente convocatoria los usuarios tienen a su disposición el Centro de Soporte Técnico del CONACYT a través del correo electrónico ayudaeconomia@conacyt.mx o bien, a los teléfonos 5322-7708 y 01800-800-8649 desde el interior del país, con un horario de atención de lunes a viernes de 9.00 a 19:00 horas.

    1. Previsiones éticas, ecológicas y de seguridad

    A través del Convenio Específico de Asignación de Recursos, el sujeto de apoyo se obligará a cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del proyecto y hasta su conclusión la legislación aplicable, especialmente en materia ecológica, de protección a la bioseguridad y la biodiversidad, así como a respetar las convenciones y protocolos en materia de ética aplicada a la investigación, la legislación aplicable y la normatividad institucional en materia de seguridad.

    A la fecha de firma del Convenio Específico de Asignación de Recursos, los documentos correspondientes a permisos, autorizaciones y aprobaciones, de las instancias facultadas para emitirlos, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas vigentes, en los siguientes casos:

    1. En los estudios o experimentos que pudieran tener un efecto en el medio ambiente, deberán anexarse los permisos correspondientes.
    2. En las propuestas que involucren estudios o experimentos con la participación de seres humanos, deberá anexarse la aprobación del Comité de Ética y Bioseguridad Institucional correspondiente.
    3. Cuando se requieran realizar experimentos con animales, se deberá proporcionar información que se tomará para dar cumplimiento a las normas vigentes.
    4. Aquellos proyectos cuya realización requiera el uso de materiales radioactivos, sustancias tóxicas o patógenos, deberán contar con la aprobación del organismo oficial de seguridad o de la institución correspondiente (Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguarda, etc.).
    5. Cuando se requiera de la colección de especies en áreas protegidas, deberá incluirse el permiso respectivo.
    6. En los proyectos en los que se requiera autorización de exploración, excavación y/o explotación deberá contarse con el permiso de las instancias correspondientes.
    7. De igual manera en aquellos proyectos en que sea necesario, deberá cumplirse con lo señalado en las Normas Oficiales Mexicanas, evitando en todo caso el replanteamiento del proyecto.
  1. Glosario de términos.
  • Apropiabilidad

    Factibilidad de un desarrollo de convertirse en una solución tecnológica y/o un caso potencial de negocio.

    • Capacidad tecnológica.

      Posesión de actitud, aptitud, habilidad y conocimiento requeridos para generar y aplicar tecnología de manera planeada, sistemática e integral para la obtención de ventajas competitivas.

    • Comité Técnico y de Administración del Fondo.

      Máxima autoridad del Fondo, responsable del cumplimiento de sus fines y de la autorización de recursos a proyectos.

    • Consejo de Evaluación del Fondo.

      Grupo voluntario de trabajo, coordinado por el Secretario Técnico del Fondo e integrado por distinguidos evaluadores, científicos, tecnólogos y/o empresarios especialistas en la materia, designados por la Secretaría de Economía y el CONACYT, responsables de conducir el proceso de evaluación de la calidad y viabilidad técnica de las propuestas presentadas al Fondo.

    • Etapa de proyecto.

      Conjunto de actividades de un proyecto, orientadas a alcanzar una meta específica, con resultados e impacto cuantificables y con requerimientos de recursos económicos definidos.

    • Evaluadores acreditados

      Investigadores, académicos, tecnólogos, consultores, especialistas o profesionales prestigiados inscritos en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA).

    • Fondo.

      “Fondo Sectorial de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo Económico”, fideicomiso constituido por la Secretaría de Economía y el CONACYT con el objeto de financiar proyectos de desarrollo e innovación tecnológica en el marco de las demandas que el Comité Técnico y de Administración autorice.

    • Producto

      Satisfactores que la empresa ofrece a un mercado específico incluyendo: materiales, bienes de consumo y bienes duraderos.

    • Propuesta.

      Documento que describe el proyecto de desarrollo e innovación tecnológica, de creación y consolidación de grupos de investigación, de creación y fortalecimiento de infraestructura tecnológica de esquemas de asociación de empresas para la innovación tecnológica; que las empresas de manera individual o en grupo y/o en colaboración con instituciones de educación superior, universidades públicas y privadas, centros de investigación y desarrollo públicos y privados, laboratorios y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la investigación científica y al desarrollo tecnológico con pertinencia de negocio, presenten al Fondo.

    • Proyecto

      Propuesta aprobada por el Comité Técnico y de Administración para recibir recursos del Fondo.

    • Representante legal.

      Persona física con el poder legal para contraer compromisos a nombre de la empresa y firmar el Convenio de Asignación de Recursos correspondiente.

    • Responsable administrativo del proyecto.

      Persona física responsable de la administración de los recursos otorgados por el Fondo para la ejecución de las etapas del proyecto.

    • Responsable técnico del proyecto.

      Persona física responsable ante el Fondo de la solicitud de apoyo y del desarrollo de las actividades de un proyecto.

    • Servicio

    Satisfactores intangibles que la empresa ofrece a un mercado específico.

      • Sujeto de apoyo

    Empresa proponente beneficiada del apoyo económico autorizado por el Comité Técnico y de Administración y ejecutora de proyectos aprobados.

Bases

La Secretaría de Economía y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Ciencia y Tecnología (LCYT), en el marco del Programa Especial de Ciencia y Tecnología 2001-2006 y del Programa de Desarrollo Empresarial 2001-2006, han constituido un fideicomiso con recursos concurrentes denominado “Fondo Sectorial de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo Económico”, con el objetivo de apoyar proyectos de desarrollo tecnológico, con contenido innovador, en campos de aplicación industrial, para fortalecer la competitividad de empresas establecidas en México.

Para el cumplimiento de este propósito, el Comité Técnico y de Administración del Fondo,

CONVOCA A:

  1. Micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMEs);
  2. Empresas grandes que involucren a MIPyMEs en el desarrollo tecnológico de productos, procesos, materiales y/o servicios de valor agregado;
  3. Personas físicas con actividad empresarial;

que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas, RENIECYT, a presentar propuestas de desarrollo e innovación tecnológica, dirigidas a la generación de:

    - Nuevos productos, incluyendo en este concepto procesos de manufactura, materiales y servicios que mejoren y modifiquen las propiedades, características funcionales y los parámetros técnicos de los existentes, siempre y cuando su desarrollo tenga como objeto lograr su comercialización en un mercado abierto y no sólo su aplicación en el ámbito interno de la empresa solicitante;

    - Creación o reforzamiento de centros o áreas de investigación y desarrollo de la empresa para desarrollar nuevos productos.

Los campos de conocimiento en que el Fondo desea promover la creación de nuevos productos se listan a continuación y las propuestas que se inscriban en estos campos serán consideradas con especial interés:

  1. Nanotecnología: aplicada a materiales, electrónica, salud, entre otros;
  2. Materiales avanzados: cerámicos, compuestos, biomateriales, polímeros;
  3. Productos para el diseño y la manufactura avanzada;
  4. Electrónica y Telecomunicaciones: dispositivos, sensores, diseño de circuitos;
  5. Biotecnología: ambiental -tratamiento de efluentes y bioremediación-, alimentaria y para la salud.

El Fondo desea impulsar la aplicación de los campos de conocimiento, en la presentación de propuestas que incorporen nuevos conocimientos con sentido de aplicación útil a la sociedad, particularmente en las Áreas de Demanda Específica o ramas industriales y de servicios que por su dinamismo ha identificado con mayor potencial, por lo que se dará prioridad a las propuestas que incidan, preferentemente, en alguna de las siguientes:


  • Alimentaria y agroindustrial. Separación de componentes en cereales, derivados bajos en lactosa, alimentos manufacturados tales como conservadores, edulcorantes, espesantes, acidulantes, antiaglomerantes, emulsificantes que consideren factores nutricionales; procesos tendientes a la elaboración de alimentos orgánicos; desarrollos relacionados con el aprovechamiento integral y procesamiento de plantas y frutos para, entre otros, obtención de nutracéuticos, cosméticos y cosmecéuticos.
  • Automotriz y de autopartes. Sistemas micro-electromecánicos, dispositivos y componentes mecánicos y electrónicos para vehículos; formulación de combustibles alternativos; materiales avanzados, ligeros y compuestos, desarrollados por la cadena de proveeduría de grandes armadoras.
  • Cuero, calzado y curtiduría. Nuevos materiales con elementos suavizantes y flexibles; diseño funcional y aplicaciones ergonómicas; nanotecnología con incorporación de elementos deodorizantes; maquinaria, equipo y sistemas de armado integral de calzado.
  • Eléctrica y electrónica. Sensores, PLC (programmable logic controllers), diseño de circuitos, sistemas de proceso y control tales como microcontroladores o arreglos lógicos programables, mecatrónica, micro sistemas electrónicos y electromecánicos.
  • Farmacéutica y ciencias de la salud, con énfasis en Biotecnología y Genómica. Fármacos de liberación local; tratamientos para la mejora de la biocompatibilidad de partículas liberadas; técnicas y aplicaciones de diagnóstico molecular; tecnología recombinante para desarrollo de productos terapéuticos; sistemas alternativos de implantación de vacunas.
  • Metalurgia. Técnicas de análisis basadas en modelación computacional, modelación física, mediciones en laboratorio y planta piloto para la producción de metales y minerales; caracterización detallada de propiedades del producto; desarrollo y optimización de procesos altamente intensivos (alta productividad/unidad de volumen), de bajo consumo de energía, aprovechamiento de subproductos y/o el reciclado de efluentes y bajo impacto ambiental; aplicaciones de la tecnología de la metalurgia y de los productos metálicos.
  • Metalmecánica y bienes de capital. Diseño y desarrollo de troqueles y moldes; innovaciones en operaciones de formado, doblez, embutido, corte y maquinado; materiales ligeros y aleaciones especiales. Maquinaria y equipo (prototipo) para aplicación en industrias del transporte, alimentaria y construcción.
  • Química y petroquímica. Agroquímicos; aplicaciones de polímeros de los tipos: biodegradables, a partir de biomasa y conductores; aplicación de nanopartículas en la composición de resinas o en los compuestos y/o masterbatchs; elastómeros, fibras modificadas o sintéticas y procesamiento de plásticos.
  • Tecnologías de información. Sistemas de información biométrica, simulación, seguridad informática, imágenes 3D, sistemas de lectura remota para diagnósticos, software integrado a dispositivos (embedded software), desarrollo de dispositivos Wi-Max y Wi-Fi, GPS y GRPS.
  • Textil y de la confección. Nuevas fibras textiles: sintéticas, a partir de residuos agrícolas, funcionales e inteligentes, y sus aplicaciones; materiales biodegradables propios de los textiles: tintes, repelentes, texturas y recubrimientos; técnicas avanzadas para el tratamiento y reutilización de aguas residuales provenientes de procesos textiles; empleo de materiales y/o nanopartículas para aplicaciones médicas, biomédicas, terapéuticas y de indumentaria; integración de sistemas electrónicos en los textiles; innovaciones en procesos textiles de acabado; tejidos con retardantes a la flama y con protección a la luz ultravioleta.


1. Modalidades

Las propuestas podrán presentarse bajo las siguientes modalidades:

    1. Desarrollo e Innovación y tecnológica (A1. Invest. Científica Aplicada )

      Desarrollo de nuevos productos, procesos, servicios o materiales, en las etapas previas a su escalamiento para producción, que involucren una modificación y mejora sustantiva de los parámetros técnicos de rendimiento de productos ya existentes, y con un contenido significativo de aportación de nuevos conocimientos en aplicaciones orientadas al mercado.

    1. Creación y consolidación de áreas, laboratorios o centros de ingeniería, diseño, investigación y desarrollo tecnológico en la empresa (B1. Desarrollo Tecnológico ) , a través de:

      - Conformación de grupos o incorporación de especialistas y profesionistas con posgrado, mediante relaciones de vinculación tendientes a fortalecer la capacidad de investigación y desarrollo de las empresas y la formación de recursos humanos con orientación clara a investigación aplicada.’)

      - Fortalecimiento de infraestructura, equipamiento, instrumentación y recursos materiales para complementar capacidades de investigación y desarrollo tendiente a elaborar nuevos productos o procesos.

2. Características de las propuestas.

    1. Las propuestas deberán ser presentadas por empresas, grupos de empresas o personas físicas con actividad empresarial establecidas en México que estén inscritas en el RENIECYT. Podrán presentarse propuestas de manera individual o en colaboración con instituciones de educación superior, universidades públicas y privadas, centros de investigación y desarrollo públicos y privados, laboratorios y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la investigación aplicada y al desarrollo tecnológico con pertinencia de negocio.

    1. Las propuestas presentadas deberán corresponder a iniciativas inéditas, proyectos nuevos y/o proyectos de reciente inicio por parte de las empresas.

    1. El Comité Técnico y de Administración, máxima autoridad del Fondo, determinará las propuestas aprobadas para recibir apoyo, incluyendo los montos finalmente autorizados. Sus decisiones serán definitivas e inapelables. El Fondo se reserva el derecho de comunicar a los interesados las causas de no aprobación, sin que esto constituya una obligación para el mismo.

    1. Se dará preferencia a las propuestas que se desarrollen con la participación de centros de investigación y otras entidades afines, ya sea públicas o privadas, preferentemente nacionales, tales como universidades, institutos, centros y laboratorios de ingeniería, diseño y/o desarrollo tecnológico.

    1. Dado que es interés del Fondo favorecer la formalización de la gestión tecnológica en las empresas para mejorar su competitividad, se valorarán con particular atención las propuestas presentadas por empresas que hayan participado o estén en proceso de participar en el Premio Nacional de Tecnología (http://www.pnt.org.mx).

    1. Empresas grandes. Las propuestas que provengan de empresas grandes deberán incorporar, obligatoriamente, la co-participación tecnológica de al menos una micro, pequeña o mediana empresa (MIPyME) con aportaciones concretas en el desarrollo de proyecto. Esta condición deberá quedar claramente señalada en la propuesta en el apartado específico denominado “Instituciones Participantes”.

    3. Consideraciones Generales.

    3.1 La presente Convocatoria estará abierta durante 30 días calendario contados a partir de la fecha de su publicación.

    3.2 No podrán solicitar apoyo al Fondo funcionarios de la Secretaría de Economía, ni del CONACYT.

    3.3 Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria serán resueltas, de manera inapelable, por el Comité Técnico y de Administración del Fondo.

    3.4 La relación de propuestas aprobadas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo será publicada el 18 de octubre de 2006 en las páginas electrónicas www.contactopyme.gob.mx, de la Secretaría de Economía y en la página electrónica del CONACYT, www.conacyt.mx.

    IMPORTANTE.- La presente Convocatoria constituye un concurso abierto por recursos públicos que se sujeta a la disponibilidad presupuestal, a la atención de prioridades de desarrollo e innovación tecnológica del sector Economía y a procedimientos derivados de la Ley de Ciencia y Tecnología.

4. Términos de Referencia

    Emitida en la Ciudad de México, a los 18 días del mes de agosto del año dos mil seis.

Comité Técnico y de Administración del Fondo Sectorial

de Ciencia Y Tecnología para el Desarrollo Económico